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Diacrom: todos culpables pero nadie preso
05 de agosto, 2008
El fallo por el cual la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de San Martín confirma la sentencia de un juez acerca de la contaminación de la firma Diacrom en Vicente López es una demostración palmaria de la tremenda ausencia del Estado y de la abyecta condición en que se encuentra la protección del ambiente y la salud de la población.
El fallo sostiene que está probado que “durante décadas la empresa Diacrom contaminó el subsuelo” con cromo y otros compuestos tanto o más peligrosos. La empresa tiene la caradurez de “defenderse” del fallo señalando que “vemos con acierto la obligación que se la ha impuesto a la provincia de establecer un plan de remediación”. La propia empresa, hablando en tercera persona de sí misma como Maradona, señala que esta decisión de la justicia permitirá “que Diacrom lo pueda llevar a cabo (el plan de saneamiento), ya que eso es lo que la empresa ha intentado hacer desde el año 1998. En dicha oportunidad –agrega- el (ex) juez (Roberto) Marquevich le ordenó a la Provincia supervisar y controlar el saneamiento del suelo, luego de que Diacrom hubiera contaminado como consecuencia de la autorización de vuelco de residuos”. Es decir, Diacrom admite que contaminó pero que lo hizo porque estaba autorizada a hacerlo.
Efectivamente, durante añares funcionó en la provincia de Buenos Aires (y hay quienes aseguran que sigue funcionando) un sistema de “permisos de vuelco” por el cual un industrial señalaba que iba a arrojar tal o cual cosa a tal o cual curso de agua (superficial o subterránea) y el Estado provincial se lo autorizaba. La condición actual del río Reconquista se explica en esa bestialidad apoyada en la idea de promover la industria.
Pese a que AySA insiste en que el agua de la zona norte del conurbano es potable, el fallo, apoyado en la denuncia de la Asociación de Abogados Ambientalistas, indica que en el torrente que va hacia la estación de bombeo de Villa Adelina, de donde se distribuye el agua a seis partidos que van desde Tigre hasta Vicente López, hay cantidades de cromo hexavalente (el más pernicioso para la salud) en valores que superan lo tolerable. El cromo habría llegado por el vuelco directo a los ríos subterráneos y por la corrosión sobre los caños provocada por la inmensa cantidad de cromo almacenada en el subsuelo lindante con la empresa.
La decisión de la justicia es potente y débil a la vez.
Potente porque condena a la Provincia de Buenos Aires –a la que considera culpable- a que, en un plazo que no exceda de 180 días, realice un plan de recomposición del daño ambiental, causado por la firma Diacrom S.A. Conceptualmente la medida es correcta, pues pone al Estado en el sitio del que el propio Estado se salió: el de control. También condena a Diacrom a pagar las costas de la remediación, aunque con la empresa el fallo no es lo duro que debiera, habida cuenta que hay constancias de denuncias sobre los vuelcos ilegales de Diacrom –o la rotura de sus cubas electrolíticas- desde hace cuarenta años. Siguiendo la modalidad de la Corte Suprema con el Riachuelo, el Tribunal requirió un programa pautado de recomposición y resanación ambiental que cuente con metas definidas, precisión técnica y la fijación de parámetros o índices objetivos. También se le ordenó al Estado provincial que implemente un sistema de información al público en general vía Internet.
Lo débil del fallo es que nadie va preso y que la responsabilidad se diluye en la organización estatal. Nadie paga, ni de Estado ni de la empresa, por el hecho comprobado de que desde 1957 la única clausura que se aplicó a Diacrom fue en el año 2004. Ni siquiera se le atribuye ninguna responsabilidad a la funcionaria que levantó esa clausura un año más tarde sin que hubiera ninguna evidencia de mejora en la situación. La funcionaria tan presta a resolver la situación de Diacrom que ocupaba la secretaría de Política Ambiental de la provincia de Buenos Aires se llamaba Silvia Suárez Arocena. Hoy es –casualidades aparte- secretaria de Obras Públicas del partido de Vicente López, allí donde Diacrom paga sus impuestos.
Daría la sensación que si bien el fallo es ejemplar desde el punto de vista de fijar la posición que debe tener el Estado ante una anomalía ambiental, elude toda aplicación de castigo a los funcionarios de carne y hueso que permitieron ese desaguisado, lo que puede indicar que la situación pudiera repetirse. Hay también una cuestión técnica, que es la forma elegida a priori por el tribunal para remediar la contaminación. Mientras la empresa propone un tratamiento con bario para la reducción del cromo de hexavalente a trivalente y así reducir su peligrosidad, el tratamiento más acorde –aunque caro y molesto- sería retirar la tierra contaminada y reemplazarla por una nueva, tal como sugieren algunos técnicos que sería el mecanismo definitivo de la remediación para volver a la situación más parecida a antes de la contaminación.




 
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